Principios generales de los derechos y de los deberes del alumnado.
- Todos los alumnos y alumnas tienen los mismos deberes y los mismos derechos, sin más distinciones que las concreciones derivadas de su edad.
- Durante su escolarización, el alumno o alumna deberá asumir responsablemente sus deberes y deberá conocer y ejercitar sus derechos en el respeto a las demás personas, siendo dicha responsabilidad uno de los principales referentes del presente Decreto Foral.
- Con el fin de formarse en los valores y principios reconocidos en la Constitución Española y en la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, los alumnos y las alumnas tienen el derecho de conocerlas y el deber de respetarlas.
- El ejercicio de un derecho, de forma individual o colectiva, implica el deber correlativo de respeto a los derechos de los demás.
- La dirección, el profesorado y el resto de miembros de la comunidad educativa deben garantizar el ejercicio de estos derechos y deberes en el contexto adecuado.
Derechos del alumnado.
- A recibir una formación en el respeto a los derechos y libertades fundamentales y en los principios democráticos de convivencia.
- A recibir una formación integral que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad.
- Los alumnos y las alumnas tienen derecho a que se respete su identidad, integridad y dignidad personales, así como su libertad de conciencia y sus convicciones religiosas y morales, derechos reconocidos en la Declaración Universal de los Derechos Humanos adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su Resolución 217 A (III), de 10 de diciembre de 1948 y en la Constitución Española.
- A ser valorado o valorada con objetividad. Los alumnos y las alumnas tienen derecho a que su dedicación, esfuerzo y rendimiento sean valorados con objetividad. El alumnado y, en su caso, los padres, madres o representantes legales, podrán presentar reclamaciones escritas ante la Dirección del Centro sobre las decisiones adoptadas y calificaciones obtenidas, tanto en las evaluaciones parciales como en las finales.
- A participar en la vida del centro. Todos los alumnos y las alumnas tienen derecho a participar en la vida del centro, tanto individual como colectivamente, en las condiciones establecidas por el mismo.
- Todos los alumnos y las alumnas tienen derecho a la protección social, a la igualdad de oportunidades y a la inclusión en el ámbito educativo dentro del marco legislativo vigente.
- Todos los alumnos y alumnas tienen derecho a la protección y promoción de su salud.
- A que la educación recibida incorpore los objetivos de igualdad de derechos y oportunidades entre mujeres y hombres.
Deberes del alumnado.
- Estudiar, deber fundamental de los alumnos y las alumnas.
- Respetar la labor educativa y la autoridad del profesorado y de la dirección, así como seguir las indicaciones de otros agentes de la comunidad educativa o que presten sus servicios a la misma.
- Participación y colaboración de manera positiva en la mejora de la convivencia escolar y en la consecución de un adecuado clima de estudio, tanto en el aula como en el centro.
- Respetar a las personas.
- Asistir al centro educativo con la vestimenta y la higiene personal adecuadas.
- Conservar y utilizar adecuadamente las instalaciones, equipamiento, mobiliario y materiales del centro, así como de su entorno y del transporte escolar.
Cuando no se cumpla la normativa general, el centro aplicará el REGLAMENTO de CONVIVENCIA.